El Fiscal General James brinda orientación a neoyorquinos tras el vencimiento de la moratoria de desalojo

NUEVA YORK — La procuradora general de Nueva York, Letitia James, emitió hoy una guía para recordar a los neoyorquinos los diversos derechos y protecciones para los residentes tras la expiración de la moratoria de desalojo de Nueva York el 15 de enero de 2022. Aunque los propietarios ahora pueden iniciar nuevos casos de desalojo, continuar con los casos existentes y emitir órdenes de desalojo contra algunos inquilinos, los neoyorquinos todavía tienen algunas protecciones bajo las leyes estatales y acceso a programas de asistencia para el alquiler para ayudar a evitar que pierdan sus hogares a medida que continúa la pandemia de la enfermedad por coronavirus 2019 (COVID-19).

“A medida que los neoyorquinos continúan luchando con las consecuencias económicas de la pandemia de COVID-19, es imperativo que las personas estén conscientes de sus derechos para que no se queden fuera en el frío”, dijo el Fiscal General James. “A pesar de que la moratoria de desalojo de nuestro estado pudo haber terminado, la orientación que hoy estamos emitiendo destaca las diversas medidas que siguen vigentes para que los neoyorquinos eviten el desalojo y permanezcan en sus hogares. Mi oficina sigue comprometida a proteger a los neoyorquinos, y seguiremos haciendo todo lo posible para garantizar la seguridad y el bienestar de los residentes de Nueva York”.

La moratoria de desalojo del estado de Nueva York previamente impidió a los propietarios presentar nuevos casos de desalojo y continuar con los casos pendientes hasta el 15 de enero de 2022 para los inquilinos que firmaron una declaración de dificultades. Si bien la moratoria ha transcurrido, los residentes del estado de Nueva York aún pueden solicitar que el estado pague sus atrasos de renta bajo el Programa de Asistencia de Emergencia para el Alquiler (ERAP). Los residentes de Rochester y Monroe County, Yonkers, Onondaga County y las ciudades de Hempstead, Islip y Oyster Bay, deben solicitar asistencia de emergencia para el alquiler a través de sus programas locales. Para obtener más información, incluyendo dónde presentar una solicitud en línea y averiguar dónde todavía hay fondos disponibles, se alienta a los neoyorquinos a visitar el sitio web de ERAP

En sus continuos esfuerzos por proteger a los neoyorquinos y sus derechos, la Fiscal General James destaca la siguiente información sobre las protecciones de desalojo de Nueva York al 16 de enero de 2022:

  • No hay una estancia automática de desalojo efectiva bajo la ley del estado de Nueva York en este momento. Los inquilinos cuyos casos fueron archivados porque habían presentado una declaración de dificultades deben consultar con el tribunal para conocer la situación.
  • Se pueden presentar nuevos casos de desalojo sin que se requiera que el propietario proporcione al inquilino un formulario de declaración de dificultades estatales. Los casos de desalojo que anteriormente se quedaron cuando los inquilinos presentaron un formulario de declaración de dificultades del estado de Nueva York ahora pueden proceder en los tribunales, a menos que una solicitud ERAP aún esté pendiente.
  • Los procedimientos de desalojo en los que un peticionero-propietario o demandado-inquilino haya solicitado asistencia en mora de renta bajo ERAP se suspenderán hasta que la Oficina de Asistencia Temporal y por Incapacidad de Nueva York tome una decisión final sobre su solicitud. Los propietarios que hayan recibido asistencia de alquiler de emergencia en nombre de un demandado-inquilino deben presentar aviso ante el tribunal donde se encuentre pendiente el proceso de desalojo.
  • En los términos de la Ley de Puerto Seguro para Inquilinos de Nueva York, los inquilinos que fueron demandados en un procedimiento sumario conforme al Artículo 7 de la Ley de Acciones y Procedimientos Inmobiliarios (RPAPL) por atrasos de renta devengados desde el 7 de marzo de 2020 hasta el 15 de enero de 2022 podrán evitar el desalojo si sufrieron pérdidas financieras debido al COVID-19.
  • Los propietarios no podrán cobrar cargos por mora por la renta que vencía del 20 de marzo de 2020 al 24 de junio de 2021 y no podrán solicitar estos honorarios en un procedimiento de desalojo.
  • Los casos de desalojo que se presentaron antes del 17 de marzo de 2020 se permitirá proceder solo después de que se notifique al inquilino para asistir a una conferencia iniciada por el tribunal. Esto se aplica a todas las etapas de un caso, aunque se haya dictado sentencia y/o orden de desalojo.

El Fiscal General James también destaca otras protecciones para inquilinos bajo la ley de Nueva York, incluyendo:

  • Los propietarios deben entregar avisos atrasados por escrito y una demanda de renta escrita de 14 días antes de iniciar cualquier caso de desalojo por falta de pago en la corte. Los propietarios también deben dar aviso y presentar un procedimiento judicial contra los inquilinos cuyos arrendamientos o acuerdos de alquiler hayan expirado (sin derecho a renovación).
  • Si un inquilino paga el monto total de la renta antes de la fecha de audiencia en la petición de impago, el arrendador debe aceptar el pago y el procedimiento debe ser desestimado.
  • Los tribunales tienen la facultad discrecional, por causa justificada, de dejar o desalojar una orden judicial, permanecer el re-enajenado o la renovación de un local por un período de tiempo razonable, y restaurar a los inquilinos a la posesión. Los tribunales también tienen la facultad discrecional para otorgar a un ocupante una estancia de hasta un año tomando en consideración factores como enfermedades graves y circunstancias atenuantes de la vida.
  • Es ilegal que los propietarios acosen u obliguen a los inquilinos a desocupar sus apartamentos negando o interrumpiendo los servicios esenciales o realizando otras acciones que interfieran con el uso de su vivienda. Esta conducta puede constituir desalojo ilegal conforme a la ley.
  • Los propietarios no podrán tomar acciones de autoayuda para remover a un ocupante legal que haya vivido en su vivienda por 30 días consecutivos o más, sin un proceso judicial.

Por último, el Fiscal General James proporciona los siguientes recursos para los inquilinos que enfrentan desalojo: