Ley de Derechos Electorales de Nueva York

Votar en Nueva York

La Oficina de la Fiscal General del Estado de Nueva York (OAG, por sus siglas en inglés) promueve y protege los derechos de todos los neoyorquinos elegibles para votar investigando y abordando las violaciones del derecho al voto y asegurando que todas las elecciones de Nueva York se lleven a cabo de manera justa y sin discriminación.   

Para obtener más información sobre cómo votar en el estado de Nueva York, visite nuestros recursos de votación. 

Ley de Derechos Electorales John R. Lewis de Nueva York (NYVRA)

La NYVRA, una ley estatal promulgada en 2022 (Ley Electoral de Nueva York, secciones 17-200 a 17-222) fortalece el derecho al voto de todos los neoyorquinos, incluidas las comunidades históricamente marginadas y privadas de sus derechos. La ley exige que la Procuraduría General desempeñe un papel en la aplicación de estos derechos. 

La NYVRA elimina las barreras y protege el acceso justo, abierto e igualitario a las urnas para todos los neoyorquinos elegibles. 

Según la NYVRA, ciertas jurisdicciones que deseen realizar cambios en sus procedimientos de votación o elecciones deben hacer que sus cambios sean revisados y aprobados por adelantado (previamente autorizados) por la Procuraduría General o un tribunal estatal. 

Si usted es un funcionario electoral, un organismo legislativo u otra persona u organismo que pueda realizar cambios que afecten las elecciones o la votación: Es posible que tenga que solicitar una revisión previa a la autorización si planea realizar ciertos cambios en esta fecha o después. 

El 19 de diciembre de 2023, la Oficina de la Fiscal General del Estado de Nueva York emitió una guía preliminar, explicando el proceso de autorización previa de NYVRA e identificando preliminarmente las localidades y los cambios que están sujetos al requisito de autorización previa.

Leer la guía: Español | Coreano |  Chino simplificado |  Español

Vista Comentarios recibidos en la orientación. 

Cómo la NYVRA protege el derecho al voto

La NYVRA prohíbe las prácticas que dañan el derecho al voto. Estas prácticas incluyen:

  • La supresión de votantes se refiere a las leyes y prácticas que dificultan que los votantes emitan su voto. Las pruebas de alfabetización, por ejemplo, se utilizaron en el pasado para evitar que las personas de color votaran. Hoy en día, las prácticas para suprimir votos incluyen la falta de sitios de votación en las comunidades de color.    
  • La dilución del voto implica debilitar o limitar el poder de voto de un grupo, a menudo a través del sistema utilizado para elegir representantes. La forma en que se trazan los distritos electorales, o las reglas utilizadas para llevar a cabo una elección, pueden causar la dilución del voto.
  • La intimidación de votantes ocurre a través del uso o amenaza de fuerza, daño u otro daño para afectar el voto o el registro de una persona. Esto puede ocurrir antes, durante o después de una elección.
  • El engaño al votante consiste en dar a las personas información falsa sobre la votación o las elecciones. 
  • La obstrucción del votante significa interferir con la votación, el conteo de votos, el acceso a un sitio de votación o el proceso electoral en general. 

Algunas jurisdicciones locales deben ampliar el apoyo para los votantes con dominio limitado del inglés. Ampliando los requisitos de la ley federal, esto se aplica a cualquier jurisdicción local en Nueva York, por ejemplo, un condado, ciudad, pueblo, aldea o distrito escolar, que tenga un cierto número de ciudadanos de al menos 18 años de edad que no hablen o entiendan el inglés lo suficientemente bien como para participar en las elecciones. La localidad debe proporcionar asistencia lingüística, como la traducción de boletas y materiales de registro de votantes. Este requisito comienza el 20 de junio de 2025. 

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