Ley de Derechos Electorales de Nueva York
Votar en Nueva York
La Oficina del Fiscal General de Nueva York (OAG) promueve y protege el derecho de todos los neoyorquinos elegibles al voto, investigando y abordando las violaciones de los derechos de voto y cerciorando que todas las elecciones de Nueva York se celebren de manera justa y libres de discriminación.
Para obtener más información sobre cómo votar en el estado de Nueva York, visite nuestros recursos de votación.
Ley de Derechos Electorales John R. Lewis de Nueva York (NYVRA)
La NYVRA, una ley estatal promulgada en 2022 (Ley Electoral de Nueva York, secciones 17-200 a 17-222) fortalece el derecho al voto de todos los neoyorquinos, incluidas las comunidades históricamente marginadas y privadas de sus derechos. La ley exige que la Procuraduría General desempeñe un papel en la aplicación de estos derechos.
La NYVRA elimina las barreras y protege el acceso justo, abierto e igualitario a las urnas para todos los neoyorquinos elegibles.
Según la NYVRA, ciertas jurisdicciones que deseen realizar cambios en sus procedimientos de votación o elecciones deben hacer que sus cambios sean revisados y aprobados por adelantado (previamente autorizados) por la Procuraduría General o un tribunal estatal.
Si usted es un funcionario electoral, un organismo legislativo u otra persona u organismo que pueda realizar cambios que afecten las elecciones o la votación: Es posible que tenga que solicitar una revisión previa a la autorización si planea realizar ciertos cambios en esta fecha o después.
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El 19 de diciembre de 2023, la OAG emitió una guía preliminar, explicando el proceso de preaprobación de la NYVRA e identificando preliminarmente las localidades y cambios sujetos al requisito de preaprobación.
Leer la guía: Español | 中文 (Chino) | 한국어(Coreano) | English (Español)
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Cómo la NYVRA protege el derecho al voto
La NYVRA prohíbe las prácticas que dañan el derecho al voto. Estas prácticas incluyen:
- La supresión del voto se refiere a leyes y prácticas que dificultan que los votantes emitan su voto. Por ejemplo, en el pasado se usaban pruebas de alfabetización para impedir que las personas de color votaran. Hoy en día, las prácticas para suprimir votos incluyen la falta de colegios electorales en comunidades de color.
- La dilución de votos implica debilitar o limitar el poder de voto de un grupo, a menudo a través del sistema empleado para elegir representantes. La forma en que se dibujan los distritos electorales, o las reglas empleadas para llevar a cabo una elección, puede provocar dilución de votos.
- La intimidación de votantes ocurre mediante el uso o amenaza de fuerza, daño u otro daño que afecte al voto o al registro de una persona. Esto puede ocurrir antes, durante o luego de una elección.
- El engaño a los votantes consiste en proporcionar información falsa sobre votar o elecciones.
- La obstrucción del voto significa interferir en el voto, el recuento de votos, el acceso a un colegio electoral o el proceso electoral en general.
Algunas jurisdicciones locales deben ampliar el apoyo a votantes con un dominio limitado del inglés. Ampliando los requisitos de la ley federal, esto se aplica a cualquier jurisdicción local en Nueva York (por ejemplo, un condado, ciudad, pueblo, pueblo o distrito escolar) que tenga un cierto número de ciudadanos de al menos 18 años que no hablen o entiendan inglés lo suficiente como para participar en elecciones. La localidad debe proporcionar asistencia lingüística, como la traducción de papeletas y materiales de registro de votantes. Este requisito comenzó el 20 de junio de 2025.
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