Presentación anual de organizaciones benéficas (CHAR500)

Organizaciones benéficas,& recaudaciones de fondos sin fines de lucro

Todas las organizaciones benéficas que operan en Nueva York están obligadas por ley a registrarse y presentar informes financieros anuales ante la Oficina del Fiscal General del Estado de Nueva York. Esto incluye a cualquier organización que realice actividades caritativas, tenga bienes que se utilicen con fines benéficos o que soliciten contribuciones financieras o de otro tipo. 

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¿Nuevo usuario de presentación en línea?

Las organizaciones benéficas deben presentar las revelaciones financieras anualmente ante la Oficina de Caridades.

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¿Usuario que regresa?

Si ya ha enviado una presentación electrónica con nosotros, puede verificar su estado civil en línea.

Preguntas frecuentes sobre registro y presentación anual (FAQs)

La mayoría de las organizaciones que poseen bienes de cualquier tipo con fines benéficos o participan en actividades caritativas en Nueva York o solicitan contribuciones caritativas (incluidas subvenciones de fundaciones y subvenciones gubernamentales) en Nueva York deben registrarse en la Oficina de Caridades del Fiscal General del Estado de Nueva York.

Bajo la ley de Nueva York, la caridad se define de manera muy amplia para incluir propósitos como:

  • educación
  • alivio de la pobreza
  • programas culturales
  • promoción de la salud e investigación para curar enfermedades
  • muchos otros propósitos que benefician a la comunidad

Si bien la mayoría de las organizaciones benéficas están obligadas a registrarse, la ley exime de registrarse a algunas, incluidas las organizaciones religiosas. Si cree que su organización puede estar exenta de los requisitos de registro, tendrá la oportunidad de reclamar una exención cuando llene la solicitud de registro en línea.

Visite la página de inscripciones.

  • número de identificación del empleador (EIN)
  • certificado de incorporación u otro documento organizador
  • estatutos u otro documento de reglas

Para obtener una lista completa, consulte la lista de verificación en línea que detalla lo que se requiere para registrarse antes de iniciar la solicitud. 

Tenga en cuenta que el formulario requiere dos signatarios: 

  • presidente de la organización u otro funcionario autorizado
  • director financiero, tesorero u otra persona con responsabilidad fiscal.
    • Nuestro registrante requerirá correos electrónicos para ambos de los anteriores para que la solicitud pueda ser enviada para su revisión y firma electrónica.

Entre las organizaciones exentas de registro se encuentran las organizaciones religiosas (casas de culto) y otras organizaciones benéficas dirigidas por organizaciones religiosas, organizaciones afiliadas que no soliciten al público, asociaciones de padres y maestros, instituciones educativas que presentan informes anuales ante el Departamento de Educación del Estado de Nueva York y agencias gubernamentales.

A menudo los miembros de una comunidad recaudan dinero para un amigo o vecino que está enfermo o que ha sufrido una tragedia. Dichos fondos no son organizaciones benéficas y están exentos de registro siempre y cuando todas las contribuciones recaudadas se paguen a (o en beneficio de) la persona para la que se recaudó el dinero.

Puede designar hasta tres beneficiarios alternativos, en caso de que la persona por la que está recaudando no pueda utilizar todos los fondos recaudados. Si designó un beneficiario alternativo, complete el formulario CHAR017 (Solicitud benéfica para el alivio de un individuo), que se publica en nuestra página Formularios. Una vez cumplimentado el formulario, envíelo a la Oficina de Caridades.

Designar beneficiarios alternos simplificará la distribución del exceso de fondos y evitará un posible procedimiento judicial para determinar a quién deben distribuirse dichos fondos. Si presenta el formulario CHAR017, deberá informar a los posibles contribuyentes que el formulario ha sido presentado ante la Procuraduría General de Justicia.

Tome un recorrido en video de la presentación anual

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