El Fiscal General James emite orientación a las fuerzas del orden sobre la protección del derecho de los arrendadores a organizarse

NUEVA YORK — La fiscal general de Nueva York, Letitia James, anunció hoy que ha emitido una guía a las agencias de aplicación de la ley del estado de Nueva York para recordarles los derechos de los arrendatarios a organizarse. Bajo la Ley de Bienes Raíces de Nueva York § 230, los inquilinos tienen derecho a formar asociaciones de inquilinos y celebrar reuniones de inquilinos en o en la propiedad donde viven.   

En un memorando enviado a los organismos encargados de hacer cumplir la ley en todo el estado, la Procuraduría General de la República (OAG) brindó orientación sobre cómo responder a los propietarios, superintendentes u otras personas que hacen quejas sobre los inquilinos o sus invitados que se organizan o se reúnen dentro de un edificio o sus bases comunes. El Fiscal General James advierte a las fuerzas del orden que sean cautelosas para evitar ser utilizados involuntariamente por los propietarios para violar los derechos de los inquilinos a organizarse y reunirse.

“A medida que los neoyorquinos se enfrentan a aumentos de renta sin precedentes y a un mercado de alquiler cada vez más difícil, estamos viendo que algunos propietarios usan tácticas concernientes”, dijo el Fiscal General James. “Hemos visto reportes de propietarios llamando a la policía a los locatarios por reunirse y organizarse en sus propios edificios —acciones que están bien dentro de los parámetros de la ley. Todo inquilino debe sentirse cómodo ejerciendo su derecho a organizarse sin temor a represalias legales. Los propietarios no pueden usar a nuestros agentes de la ley como herramientas para intimidar y amenazar a los inquilinos, y mi oficina trabajará para garantizar que los alguaciles locales y los departamentos encargados de hacer cumplir la ley comprendan los derechos de los inquilinos en todo el estado”.

En su memorándum, la Fiscal General James sostiene que si se convoca a las fuerzas del orden para dispersar una reunión de inquilinos o para remover a las personas que se están organizando, los oficiales que respondieron deben tener un buen conocimiento de la Ley de Bienes Raíces § 230 y las protecciones que brinda a los inquilinos y sus representantes. 

El Fiscal General James proporcionó los siguientes recordatorios con respecto a la organización de los inquilinos:

  • Se prohíbe a los propietarios interferir con el derecho de un inquilino a formar, afiliarse o participar en las actividades lícitas de cualquier organización formada para proteger los derechos de los inquilinos.
  • Los propietarios no deben acosar, castigar o sancionar a ningún inquilino por ejercer el derecho de sindicación.
  • Las fuerzas del orden, al encontrarse con una reunión de locatarios y organizadores en un edificio, no podrán dispersar la reunión a menos que viole prohibiciones estrechas señaladas en la ley, como cuando las actividades no son pacíficas.
  • Se permite a los inquilinos comunicarse con otros inquilinos y distribuir ampliamente información sobre la organización de actividades.
  • Los no inquilinos, como organizadores y abogados, pueden realizar actividades de organización de inquilinos en propiedad privada a solicitud de un inquilino que resida en esa propiedad.
    • Dichos organizadores de inquilinos también pueden solicitar a los inquilinos información de contacto para abordar problemas en el edificio que puedan estar relacionados con problemas tales como reparaciones o políticas de establecimiento de alquileres del propietario.
  • Las reuniones de inquilinos en áreas comunes de un edificio o propiedad están permitidas por ley. Los elementos necesarios para la reunión como una mesa y sillas podrán colocarse en áreas comunes para la reunión.
  • Las fuerzas del orden no deben tomar determinaciones sobre si una reunión es un peligro de incendio u otras determinaciones fuera de su experiencia.
  • Los propietarios que usen la fuerza o intenten dispersar las reuniones legales de inquilinos pueden violar leyes penales como conducta desordenada, amenazante, acoso agravado o asalto. Las fuerzas del orden deben utilizar su discreción para hacer cumplir estas y otras leyes penales apropiadas para preservar la paz cuando los inquilinos están ejerciendo sus derechos en virtud de la Ley de Bienes Inmuebles.

La OAG está disponible para ayudar a los departamentos locales encargados de hacer cumplir la ley a desarrollar orientación para sus oficiales al responder a las reuniones de inquilinos y organizar actividades.