Acoso sexual
En el ámbito laboral: Conoce tus derechos
Implica:
- exigiendo favores sexuales a cambio de ascensos, ascensos o asignaciones de trabajo
- mostrar un comportamiento sexual que crea un lugar de trabajo ofensivo, intimidante u hostil
El acosador puede ser un supervisor, compañero de trabajo o no empleado, como un cliente o contratista. El acoso puede ser ilegal, aunque:
- no es lo suficientemente frecuente o grave como para ser obvio para todos
- no causa que alguien sea despedido, degradado o rechazado una asignación
El acoso puede implicar:
- hacer comentarios o bromas sexualmente ofensivos
- tocar no deseado
- obligando a alguien a participar en actos sexuales
- pedir favores sugerentes, como sacar monedas del bolsillo del pantalón de un jefe
- mostrar medios pornográficos
- hacer comentarios (ya sea halagadores o insultantes) sobre el género o las preferencias sexuales de alguien
- hacer gestos sexuales (simulando actos sexuales)
El acoso sexual es ilegal bajo el Título VII de la Ley Federal de Derechos Civiles de 1964 y la Ley de Derechos Humanos del Estado de Nueva York (NYS Human Rights Law). Puede estar prohibido por la ley local, como el Código Administrativo de la Ciudad de Nueva York. La Ley de Derechos Humanos de NYS también prohíbe acosar a alguien por su identidad de género o por ser transgénero.
El acoso por orientación sexual real o percibida está prohibido por la Ley de No Discriminación de Orientación del Estado de Nueva York (SONDA). Conoce más sobre SONDA.
Acoso sexual fuera del lugar de trabajo
El acoso sexual puede ocurrir en otros lugares, como en lugares públicos, viviendas o escuelas. Si siente que ha sido acosado sexualmente, por ejemplo,
por un propietario, maestro o proveedor de servicios, consulte a un abogado para comprender sus opciones.
Presentar una queja
Siga primero los procedimientos patronales: Primero, comuníquese con la persona u oficina que su patrón haya designado para recibir dichas quejas. Este puede ser su departamento de recursos humanos o coordinador del Título IX.
Consulte a un abogado: Más allá de denunciar el acoso a su empleador, no existe la mejor manera de proceder. Es posible que desee consultar a un abogado que pueda explicarle sus opciones.
A nivel federal: A nivel nacional, el acoso sexual cae dentro del Título VII de la Ley de Derechos Civiles. Esta ley le permite presentar una denuncia únicamente contra un patrón con más de 15 empleados. Debe presentar su queja ante la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo de los Estados Unidos antes de comenzar el litigio.
A nivel estatal: Se puede presentar una denuncia por acoso sexual contra un patrón de cualquier tamaño bajo la Ley de Derechos Humanos del NYS. No tiene que presentar una queja ante ninguna agencia antes de iniciar el litigio. Bajo la Ley de Derechos Humanos del Estado de Nueva York, puede presentar una queja ante la División de Derechos Humanos del Estado de Nueva York o proceder directamente a los tribunales.
A nivel local: Tenga en cuenta que algunas leyes locales permiten presentar una queja únicamente contra empleadores con un número mínimo de empleados. Por ejemplo, la Ley de Derechos Humanos de la Ciudad de Nueva York permite quejas únicamente contra empleadores con más de cuatro empleados.
Las represalias son ilegales
Es ilegal que tu patrón tomara represalias en tu contra por presentar una denuncia por acoso sexual. Las represalias incluyen hacer que sus tareas o entorno laboral sean más difíciles u hostiles porque presentó una queja o cooperó con una investigación sobre una queja. Si tu empleador intenta castigarte, es posible que puedas agregar un reclamo separado de represalia a tu queja. Si cree que ha sufrido represalias, consulte a un abogado. Pregunte a la agencia correspondiente sobre los plazos y procedimientos específicos.
Todos los géneros y terceros están protegidos
Cualquiera puede ser acosado. El acosador puede ser del mismo sexo u orientación que la víctima. Si ves acoso en tu lugar de trabajo, aunque no estés siendo acosado, puedes quejarte como tercero cuando ocurra alguna de las siguientes situaciones:
- Un acosador requiere que una víctima se someta a demandas sexuales para mantener su trabajo.
- El acoso dirigido a otra persona está dañando tu ambiente de trabajo.
- La conducta sexual de otras personas, aunque sean participantes dispuestos, está creando un ambiente de trabajo hostil para ti.
El acoso puede incluso ser un delito
El acoso también puede llegar a un nivel delictivo si implica contacto físico, confinamiento físico o actos sexuales forzados. Si crees que has sido víctima de un delito, presenta un reporte en tu departamento de policía local.
Pero recuerda: Aunque el acoso no llegue al nivel de un delito, es ilegal.
Recursos
Office of the New York State Attorney General Civil Rights Bureau
28 Liberty Street Nueva York, NY 10005
212-416-8250
civil.rights@ag.ny.gov
Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo de los Estados Unidos
1-800-669-4000 1-800-669-6820 (TTY)
info@eeoc.gov eeoc.gov
División de Derechos Humanos del Estado de Nueva York
311 o 212-306-7450
nyc.gov/html/cchr
Apoyo y orientación
Women's Justice NOW Helpline (Nueva York)
Solo citas: 212-925-6635
Teléfono de ayuda: 1-800-649-0297
Horizonte seguro
Línea directa para víctimas de delitos: 1-866-689-HELP (4357)Línea directa de
violación y agresión sexual: 212-227-3000