Equidad de Vivienda

Vivienda accesible para todos

Una imagen de una familia de cuatro cajas de transporte y una alfombra en un nuevo hogar. Todos están sonriendo.

Leyes de vivienda justa: cómo estamos protegidos


La Ley Federal de Vivienda Justa, la Ley de Derechos Humanos del Estado de Nueva York y varias leyes locales prohíben la discriminación por parte de los proveedores de vivienda (incluidos propietarios, agentes de bienes raíces, agentes administradores, superintendentes de edificios y juntas de cooperativas y condominios) y prestamistas (bancos y compañías hipotecarias).

  • La Ley Federal de Vivienda Justa establece ilegal la discriminación por motivos de raza, estado familiar (presencia de niños menores de 18 años), color, origen nacional, religión, discapacidad (física o mental) o sexo de una persona.
  • La Ley de Derechos Humanos del Estado de Nueva York cubre todas las mismas características y también protege contra la discriminación basada en el credo, la edad, la orientación sexual, la identidad o expresión de género, el estado civil, el estado militar o la fuente legal de ingresos (asistencia pública o de vivienda, Seguro Social, seguridad de ingreso suplementario, pensión, manutención de los hijos, pensión alimenticia, subsidios de cuidado de crianza, anualidades o beneficios de desempleo). Muchos gobiernos locales tienen protecciones adicionales. La Ley de Derechos Humanos de la Ciudad de Nueva York también cubre: género, estado de ciudadanía, estado de pareja y ocupación legal.

La mayoría de las viviendas están incluidas

En el estado de Nueva York, las leyes contra la discriminación cubren la mayoría de los tipos de vivienda, con cuatro excepciones principales:

  • Edificios unifamiliares o bifamiliares ocupados por sus propietarios
  • alquiler de habitaciones en viviendas para personas del mismo sexo, como residencias universitarias o pensiones donde todos los residentes son del mismo sexo
  • Viviendas destinadas a personas mayores de 55 años, o mayores de 62 años
  • Alquiler de habitaciones en viviendas ocupadas por el propietario

Acciones prohibidas

Estas leyes se aplican a la venta o alquiler de viviendas y también a los préstamos hipotecarios y brindan protecciones contra diferentes formas de discriminación de vivienda incluyendo las siguientes:

  • Negarse a hacer modificaciones razonables a una vivienda o área de uso común para adaptarse a la discapacidad de una persona
  • negarse a hacer adaptaciones razonables en las pólizas o servicios si es necesario para que las personas discapacitadas usen la vivienda

Además, cualquier vivienda multifamiliar construida después de 1991 debe cumplir con los requisitos de accesibilidad.

Reparación del daño

Si se comprueba que ha habido discriminación, se pueden tomar medidas para remediar la situación. Estos pueden incluir:

  • Exigir cambios en las políticas y prácticas
  • Poner a disposición la vivienda o el préstamo
  • evaluar daños monetarios u honorarios de abogados, o imponer multas y sanciones civiles

Presentación de una queja

Si tiene preguntas o cree que ha sido víctima de discriminación en la vivienda, las siguientes agencias pueden ayudarlo. Puede encontrar la información de contacto de cada uno en la parte inferior de esta página web.

  • La Oficina de Derechos Civiles de la Oficina del Fiscal General del Estado de Nueva York investiga y procesa las políticas discriminatorias y los patrones o prácticas de discriminación. La oficina está comprometida a combatir la discriminación en la vivienda en todo el estado.
  • La División de Derechos Humanos del Estado de Nueva York maneja las denuncias individuales de discriminación. Tiene un año después de una presunta violación para presentar una denuncia.
  • El Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD) de Estados Unidos maneja denuncias individuales de discriminación basadas en la Ley federal de Vivienda Justas. Tiene un año después de una presunta violación para presentar una denuncia.
  • La Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de Nueva York (CCHR) maneja las denuncias individuales de discriminación basadas en la Ley de Derechos Humanos de la Ciudad de Nueva York.

Tiene un año después de una presunta violación para presentar una denuncia. Se le impide presentar una reclamación ante CCHR si ya ha presentado la misma reclamación con base en los mismos hechos ante otra agencia o ante un tribunal.

Office of the New York State Attorney General Civil Rights Bureau
28 Calle de la Libertad
Nueva York NY 10005
212-416-8250 
1-800-788-9898 (TDD) 
Oficina de Derechos Civiles

División de Derechos Humanos del Estado de Nueva York
Un Fordham Plaza, 4º piso
Bronx, NY 10458
1-888-392-3644
718-741-8300 (TDD/TTY)
dhr.ny.gov

Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos, Centro de Aplicación de Vivienda Justas
26 Federal Plaza, Sala 3541
Nueva York NY 10278-0068
212-264-8000
212-264-0927 (TTY)
Hud.gov

Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de Nueva York
22 Reade Street, primer piso
Nueva York NY 10007
212-306-7450
nyc.gov/humanrights