Recursos de votación

Aprenda cómo registrarse para votar y emitir su voto durante las elecciones

Temas cubiertos

La información proporcionada en nuestro sitio se aplica solo a las elecciones primarias y generales programadas regularmente y administradas por las juntas electorales. Comuníquese con el secretario de su aldea local, el secretario de la ciudad o la junta escolar local si tiene preguntas sobre una elección local.

Los votantes registrados en el estado de Nueva York pueden votar por correo, en persona durante el período de votación anticipada o en persona el día de las elecciones.

Regístrese para votar

Puedes registrarte si eres:

  • un ciudadano estadounidense
  • 16 años de edad en la fecha en que presente su solicitud de registro, y 18 años de edad en o antes de la primera elección en la que votará
  • un residente, durante al menos 30 días antes de la elección, de Nueva York y de la ciudad, pueblo o condado en el que tiene la intención de votar
  • actualmente no está encarcelado por un delito grave (sin embargo, puede votar si ha sido liberado de la detención por delito grave o ha sido condenado solo por un delito menor)
  • no encontrado mentalmente incompetente por un tribunal
  • no reclamar el derecho a votar en ningún otro lugar que no sea su ciudad y condado de residencia

Puede volver a registrarse para votar si ha cambiado su nombre o se ha mudado de fuera del estado. Si estaba registrado para votar antes de ser encarcelado por una condena por un delito grave, también puede volver a registrarse para votar al salir de un centro correccional.

En línea: Guarde su número de confirmación. 

En persona: Obtenga un formulario de registro de votantes de su junta electoral local o en cualquiera de las agencias del estado de Nueva York enumeradas

Si eres un estudiante de 16 años o más, consulta con la junta electoral local para ver si puedes preinscribirte en tu escuela o en otro lugar para votar en las elecciones que se celebren después de cumplir 18 años. 

En la ciudad de Nueva York: Junta Electoral de la Ciudad de Nueva York

Fuera de la ciudad de Nueva York: Junta Electoral del Estado de Nueva York

Si su información no está allí o parece incorrecta, comuníquese con su junta electoral local o con la Oficina de la Fiscal General del Estado de Nueva York para obtener ayuda. 

Votación por correo

Boleta electoral anticipada por correo

Puede votar por correo usando una boleta electoral anticipada por correo, un formulario en papel que llena y devuelve a su junta electoral.

No necesita una excusa para votar por correo temprano.

¿Quieres ayuda? Puede pedirle a otra persona que entregue su solicitud a su junta electoral local y le lleve su boleta. Asegúrese de escribir el nombre de esa persona en la casilla correspondiente del formulario.

Independientemente de la opción que elijas, presta atención a los plazos.

Su paquete de boleta contiene:

  • Una boleta de voto por correo anticipada
  • Un sobre de seguridad
  • Un sobre de devolución prepagado con el logotipo de "Correo Electoral Oficial" y la dirección de su junta electoral local.

Para completar su boleta:

  1. Marque su boleta, siguiendo las instrucciones. 
  2. Doble la boleta y colóquela en el sobre de seguridad.
  3. Firme, feche y selle el sobre de seguridad.
  4. Coloque la boleta en el sobre de devolución.
  5. Selle el sobre de devolución.

Para devolver su boleta, usted puede:

  • Envíe su boleta por correo. Su boleta debe tener matasellos a más tardar el Día de las Elecciones y ser recibida por su junta electoral local no más de una semana después del Día de las Elecciones. ¡Envíalo por correo temprano! ¡Los gastos de envío están incluidos!
  • Entregue su boleta durante el período de votación anticipada. Lleve su boleta a un sitio de votación anticipada en su condado durante el período de votación anticipada.
  • Entregue su boleta el día de las elecciones. Entregue su boleta en su junta electoral local o en un sitio de votación el día de las elecciones en su condado.

Si vive en la ciudad de Nueva York (y no envió su boleta electoral anticipada por correo fuera de los Estados Unidos), puede rastrear su boleta electoral anticipada por correo con el Rastreador de solicitudes de boletas de la NYCBOE. Si vive fuera de la ciudad de Nueva York, puede rastrear su boleta anticipada por correo con el Rastreador de boletas de NYSBOE.

Si tiene una discapacidad para acceder al texto impreso, puede emitir una boleta de voto en ausencia accesible (consulte la boleta). Solicite una boleta de voto en ausencia accesible para personas con discapacidad a través de la Junta Electoral del Estado de Nueva York. Esto también viene con un sobre de devolución con franqueo pagado. Puede firmar el sobre de seguridad en el marcador en relieve (puede firmar en cualquier otro lugar del sobre, si tiene dificultades para firmarlo en el marcador).

También puedes usar un método de votación electrónica que te permite marcar tu boleta con tu propia tecnología de asistencia. Imprima su boleta terminada y devuélvala a su junta electoral local.

Boletas de votos ausentes

Puede votar por correo usando una boleta de voto en ausencia, un formulario en papel que llena y devuelve a su junta electoral local.

A diferencia de la votación anticipada por correo, necesita una excusa para votar con una boleta de voto en ausencia. Vea la lista de excusas a la derecha.

Para solicitar una boleta de voto en ausencia, debe ser cualquiera de los siguientes:

  • ausente de su condado o, si es residente de la ciudad de Nueva York, ausente de los cinco condados, el día de las elecciones
  • Imposibilidad de acudir a las urnas debido a una enfermedad o discapacidad temporal o permanente
  • No puede comparecer porque es el cuidador principal de una o más personas que están enfermas o tienen una discapacidad física
  • un residente o paciente de un hospital de la Administración de Salud de Veteranos
  • en la cárcel o prisión por cualquier motivo que no sea una condena por un delito grave (esto incluye a cualquier persona que esté esperando la acción del gran jurado, esperando juicio o cumpliendo una sentencia por un delito menor)

¿Quieres ayuda? Puede pedirle a otra persona que entregue su boleta de voto en ausencia a su junta electoral local y le traiga su boleta a usted. Asegúrese de escribir el nombre de esa persona en la casilla correspondiente del formulario de solicitud.

Independientemente de la opción que elijas, presta atención a los plazos.

Su paquete de boleta contiene:

  • Una boleta de voto en ausencia
  • Un sobre de seguridad, que tendrá un lugar para su firma
  • Un sobre de devolución prepagado con el logotipo de "Correo Electoral Oficial" y la dirección de la junta electoral local.

Para completar su boleta:

  1. Marque su boleta, siguiendo las instrucciones. 
  2. Doble la boleta y colóquela en el sobre de seguridad.
  3. Firme, feche y selle el sobre de seguridad. 
  4. Coloque el sobre de seguridad en el sobre de devolución.
  5. Selle el sobre de devolución.

Para devolver su boleta, usted puede:

  • Envíe su boleta por correo. Su boleta debe tener matasellos a más tardar el Día de las Elecciones y ser recibida por su junta electoral local no más de una semana después del Día de las Elecciones. ¡Envíalo por correo temprano! ¡Los gastos de envío están incluidos!
  • Entregue su boleta durante el período de votación anticipada. Entregue su boleta en un sitio de votación anticipada en su condado.
  • Entregue su boleta el día de las elecciones antes del cierre de las urnas. Entregue su boleta en su junta electoral local o en un sitio de votación el día de las elecciones en su condado.

Si vive en la ciudad de Nueva York (y no envió su boleta de voto en ausencia fuera de los Estados Unidos), puede rastrear su boleta de voto en ausencia con el Rastreador de solicitudes de boletas de NYCBOE. Si vive fuera de la ciudad de Nueva York, puede rastrear su boleta de voto en ausencia con el Rastreador de boletas de NYSBOE.

  • Solicitudes de boletas de voto en ausencia accesibles. Los votantes que tienen discapacidades para acceder al texto impreso, es decir, cualquier discapacidad que interfiera con la lectura, la escritura o el uso efectivo del material impreso, pueden solicitar boletas de voto en ausencia utilizando la Aplicación de Boleta Accesible de NYCBOE o, para votantes fuera de la ciudad de Nueva York, la Aplicación de Boleta Accesible de NYSBOE. El NYCBOE también ofrece una Solicitud Electrónica Accesible de Boleta de Voto en Ausencia en formato PDF. 
  • Firmas de boletas de voto en ausencia. Si está emitiendo una boleta accesible, puede firmar su nombre en cualquier lugar en el reverso del sobre de seguridad.
  • Otros métodos de votación en ausencia. También puede usar un método de votación electrónica que le permite marcar su boleta con su propia tecnología de asistencia. Imprima su boleta completa y devuélvala a su junta electoral local.

Votar en persona

Votación anticipada

El horario de los sitios de votación anticipada varía, así que verifique el horario indicado por su junta electoral local.

Si tiene problemas o preguntas, o cree que su lugar de votación está cerrado incorrectamente, comuníquese con su junta electoral local. 

Día de las Elecciones

Para saber dónde puede votar en persona el día de las elecciones, comuníquese con:

Todos los centros de votación del día de las elecciones deben estar abiertos de 6 a.m. a 9 p.m. Si cree que su centro de votación está cerrado incorrectamente, comuníquese con su junta electoral local o con la línea directa electoral de la Oficina de la Fiscal General del Estado de Nueva York al 1-866-390-2992.

Si tienes alguna discapacidad, un amigo o familiar puede ayudarte en la cabina de votación. Los inspectores electorales en el lugar también pueden ayudar y proporcionar dispositivos de asistencia.

Un trabajador electoral puede proporcionarle adaptaciones razonables, como tener una silla, hacer que otra persona haga fila por usted o pasar al frente de la fila si no puede estar de pie durante períodos prolongados. El hecho de que un trabajador electoral esté obligado a proporcionar dicha adaptación dependerá de los hechos particulares. Para obtener más información sobre los requisitos de accesibilidad de los lugares de votación, consulte la Lista de verificación de la ADA para lugares de votación emitida por el Departamento de Justicia de EE. UU.

Para obtener información adicional, consulte la guía de la Procuradora General sobre la asistencia a los votantes con discapacidades.

Si cree que no ha recibido adaptaciones razonables, comuníquese con su junta electoral local o llame a la línea directa de elecciones de la Oficina de la Fiscal General del Estado de Nueva York al 1-866-390-2992.

Orientación lingüística

Si necesitas ayuda para votar porque eres ciego o discapacitado, o tienes dificultades para leer o escribir bien en inglés, puedes elegir a alguien para que te ayude. Su asistente de votación no tiene que ser un ciudadano estadounidense, un votante registrado o incluso un adulto. Esta persona puede ser un menor de edad, un familiar o amigo, u otra persona. También pueden ayudar a otros votantes.   

Pero su ayudante no puede ser su empleador, un agente de su empleador o un funcionario o agente de su sindicato.

Tu asistente de votación puede ayudarte durante todo el proceso de votación, incluso dentro de la cabina de votación. Antes de ayudarlo, es posible que su ayudante tenga que hacer un juramento de que no influirá indebidamente en usted.

Si necesita asistencia para votar pero no tiene a nadie que lo ayude, puede ser asistido por dos trabajadores del sitio de votación de diferentes partidos políticos.

Comunícate con tu junta electoral local para determinar si proporciona asistencia lingüística.  

Si su centro de votación no permite que su asistente de votación lo ayude, puede comunicarse con la Oficina de la Fiscal General del Estado de Nueva York (OAG) al 1-866-390-2292 o solicitar asistencia a través de la línea directa de la OAG. 

Algunos condados y ciudades están obligados por ley federal a traducir los materiales de votación y proporcionar interpretación a un idioma que no sea el inglés. Estas áreas deben proporcionar estas traducciones porque muchos de sus residentes son ciudadanos estadounidenses, pero no hablan bien inglés.

Toda la información electoral que esté disponible en inglés también debe estar disponible en el idioma o idiomas requeridos. Esta traducción les da a los votantes la oportunidad de registrarse, conocer los detalles de las elecciones y emitir su voto.  

  • Los materiales escritos que deben traducirse incluyen boletas, formularios de registro de votantes y otra información escrita.  
  • La asistencia en el lenguaje oral también debe estar disponible, por ejemplo, a través de intérpretes o trabajadores electorales bilingües.  

En el estado de Nueva York, los siguientes condados están obligados a proporcionar la siguiente asistencia lingüística: 

Condado Idioma 
Bronx Español
Brooklyn (Reyes) Español
Brooklyn (Reyes) Chino 
Monroe Español 
Nassau Español 
Manhattan (Condado de Nueva York) Español 
Manhattan (Condado de Nueva York) Chino 
Queens Chino 
Queens Español 
Queens Indio asiático (incluido el sij) 
Queens bengalí 
Queens Coreano 
Suffolk Español 
Westchester Español 

Consulte la lista completa de jurisdicciones con requisitos de traducción de idiomas para el estado de Nueva York y el resto del país.  

En algunos centros de votación, los materiales de votación se traducen a algunos de los siguientes idiomas:  

  • Árabe
  • bengalí
  • Chino (cantonés y mandarín)
  • Francés
  • Criollo haitiano
  • Italiano
  • Coreano
  • Polaco
  • Ruso
  • Urdu
  • Yiddish 

Esta asistencia de traducción es proporcionada por el programa de Asistencia Lingüística para Votantes (VLA, por sus siglas en inglés) de la Comisión de Participación Cívica de la Ciudad de Nueva York durante las elecciones.  

Para averiguar si su centro de votación recibe servicios de interpretación de VLA, visite la página de Acceso Lingüístico para Votantes de la Ciudad de Nueva York.

Si no conoce su sitio de votación en la ciudad de Nueva York, visite Buscar mi sitio de votación e ingrese su dirección para encontrar su lugar de votación. Tenga en cuenta que su ubicación de votación anticipada puede ser diferente de su ubicación del día de las elecciones, y que la ubicación puede haber cambiado desde la última vez que votó. 

Si tiene preguntas o inquietudes, comuníquese con la Oficina de la Fiscal General del Estado de Nueva York (OAG) al 1-866-390-2292 o solicite asistencia a través de la línea directa de la OAG.  

52 El Código de EE. UU. 10508 describe quién puede y quién no puede ayudar a los votantes con problemas de idioma.   

52 Código de EE. UU. 10310(c)(1); OCA-Gran Houston v. Texas, No. 16-51126 (5º Cir. 2017) explica que un asistente de votación puede ayudar durante todo el proceso de votación, incluyendo el ingreso a la cabina de votación.  

N.Y. La sección 8-306(5) de la Ley Electoral describe el juramento que un asistente de votación puede tener que hacer.  

N.Y. La sección 8-306(3) de la Ley Electoral explica que, si un votante no tiene a alguien que lo ayude con el idioma, dos trabajadores electorales de diferentes partidos pueden brindarle asistencia.  

186 Registro Federal 69, págs. 611–669 y 618 (8 de diciembre de 2021) analizan las jurisdicciones que están obligadas a proporcionar traducción al idioma de todos los materiales de votación, según la ley federal.  

152 Código de EE. UU., sección 10503(b)(2)(A). La Sección 203 de la Ley de Derechos Electorales de 1965, según enmendada, establece los requisitos para la asistencia lingüística bilingüe para las jurisdicciones cubiertas. Una jurisdicción está cubierta por la Sección 203 si el Director de la Oficina del Censo determina que se cumplen las dos condiciones siguientes:  

  • más del 5 por ciento o 10,000 o más de los ciudadanos en edad de votar de la jurisdicción son miembros de una sola minoría lingüística y tienen un dominio limitado del inglés 
  • La tasa de analfabetismo de los ciudadanos de la minoría lingüística es superior a la tasa nacional de analfabetismo  

Intimidación de votantes

Así es como se ve la intimidación de los votantes  

La intimidación a los votantes es ilegal. Puede incluir: 

  • Cualquiera que patrulle fuera de los lugares de votación y trate de asustar a las personas para que no voten en la fila. 
  • Observadores electorales que desafían agresivamente a muchos votantes o a ciertos tipos de votantes 
  • Observadores electorales que se paran donde no deben, o que fotografían o acosan a los votantes 
  • civiles que se visten como agentes de la ley, portan armas o visten uniformes militares y acosan a los votantes en los centros de votación
  • cualquier persona que publique el nombre o la dirección de un votante para intimidarlo
  • Cualquiera que diga que votar tiene consecuencias negativas
  • cualquier persona que amenace con arrestar, boicotear o desalojar a un votante para impedirle votar 

Si alguien amenaza con violencia contra usted, su expresión no está protegida por la Primera Enmienda.  

Incluso si en realidad no amenazan con violencia, es posible que no estén protegidos. Por ejemplo, si alguien hace declaraciones falsas sobre los procedimientos electorales porque tienen la intención de interferir con la votación, es posible que no esté protegido. Y la campaña electoral, incluida la de alentar a un votante a votar a favor o en contra de un candidato o partido, no está permitida en Nueva York a menos de 100 pies de un lugar de votación. 

Los funcionarios del gobierno no pueden interferir ni influir en una elección presidencial o del Congreso. Esto incluye las elecciones generales de 2024.  

  • Un miembro de las fuerzas armadas de los EE. UU. no puede tratar de impedir que un votante vote mediante el uso de la fuerza, la amenaza, la intimidación o el asesoramiento.
  • Es ilegal que las tropas, el ejército o los agentes federales de la ley armados estén en un lugar de votación en su capacidad oficial, a menos que "dicha fuerza sea necesaria para repeler a los enemigos armados de los Estados Unidos".
  • Ninguna persona, incluidos los funcionarios del gobierno, está autorizada a intimidar a los votantes. 

 Si ve o escucha sobre cualquier conducta como esta, comuníquese con OAG. 

Es ilegal que la gente se organice como milicias privadas sin permiso del Estado. Es un delito grave reunirse como una organización paramilitar y practicar con un arma militar para apoyar el propósito de la organización. Esto incluye el montaje en un sitio de votación. 

Si ve o escucha sobre cualquier conducta como esta, comuníquese con la Procuraduría General y la policía local de inmediato. 

La ley de Nueva York no permite la posesión de un arma de fuego, rifle, escopeta u otra arma de fuego en los lugares de votación. 

Es ilegal usar otros instrumentos peligrosos para intimidar o acosar a cualquier persona en un sitio de votación.  

Si ve o escucha sobre cualquier conducta como esta, repórtelo a la Procuraduría General y a la policía local de inmediato. 

Se puede permitir que los medios de comunicación fotografíen a las personas en el lugar de votación si la junta electoral lo permite y no interrumpe la votación. Una junta electoral puede prohibir tomar fotografías dentro y dentro de los 100 pies del lugar de votación. En cualquier caso, nadie está autorizado a pedirle a un votante que muestre su boleta, y los votantes no pueden mostrar su boleta completa a nadie.  

Si ve o escucha sobre cualquier conducta como esta, comuníquese con OAG. 

Nunca debería tener que mostrar una identificación con foto en ningún lugar del estado de Nueva York para votar. Sin embargo, es posible que deba mostrar algún tipo de identificación si es la primera vez que vota y no proporcionó ninguna identificación al registrarse. Si ese es el caso, puede mostrar una identificación con foto o cualquiera de los siguientes: copia de una factura de servicios públicos actual, estado de cuenta bancario, cheque del gobierno, cheque de pago u otro documento del gobierno que muestre su nombre y dirección. El formulario que debe proporcionar es su elección. Si no tiene ninguna de estas piezas de identificación, puede emitir una boleta de declaración jurada a menos que un tribunal diga lo contrario. 

Si ve o escucha de alguien que solicita incorrectamente una identificación de votante, comuníquese con OAG. 

Las leyes y regulaciones de Nueva York protegen la privacidad de los votantes en los sitios de votación anticipada y el día de las elecciones. Los inspectores electorales en los sitios de votación deben evitar que cualquier persona esté en un lugar donde puedan ver cómo votó, o a menos de tres pies de usted mientras está marcando o escaneando su boleta.  

Es ilegal que cualquier persona viole la privacidad de un votante, ya sea por un observador electoral, un trabajador electoral, un inspector electoral u otra persona.  

Si ve o escucha alguna conducta como esta, comuníquese con OAG de inmediato

Campaña electoral significa hacer campaña o abogar de otra manera en nombre de un partido político, candidato o propuesta electoral. Mientras las urnas están abiertas, la campaña electoral es ilegal en el lugar de votación y a menos de 100 pies de las entradas del lugar de votación. No se permite ninguna pancarta, botón, cartel o cartel político en estas áreas. Nadie puede instar a un votante a votar de una manera particular en estas áreas. 

Si ve o escucha sobre cualquier conducta como esta, comuníquese con OAG. 

Los observadores electorales pueden monitorear las encuestas , no pueden intimidarlo

Los observadores electorales no están autorizados a intimidar a los votantes ni participar en otras conductas no autorizadas. Pero se les permite observar los lugares de votación cuando están debidamente designados por los candidatos, partidos políticos, comités políticos u organizaciones independientes que tienen candidatos en la boleta electoral. Es ilegal usar la fuerza o amenazar con la fuerza para intimidar o interferir, o intentar intimidar o interferir con, un observador electoral en cualquier elección primaria, especial o general.

Los observadores electorales pueden observar irregularidades y reportar estas observaciones a un inspector electoral o al BOE.

Los observadores electorales deben ser enviados por candidatos, partidos políticos, comités políticos u organizaciones independientes que tengan candidatos en la boleta electoral. Cada observador electoral debe tener un certificado por escrito que lo designe. Este certificado es emitido por el presidente o secretario del comité del partido político, o de la entidad independiente, o por los candidatos. Estos certificados deben ser entregados a un inspector en el distrito electoral. Cualquier persona que no sea un observador legalmente autorizado no está autorizado a ver las urnas. 

Si ve o se entera de cualquier observación electoral no autorizada, comuníquese con la Procuraduría General.  

Cada candidato, partido político, comité político u organización independiente autorizada no puede tener más de tres observadores electorales en cada distrito electoral en un momento dado. No más de uno de estos observadores electorales puede estar dentro de la "barandilla", la parte del sitio de votación que contiene la mesa utilizada por los inspectores electorales y el equipo del BOE. La barandilla incluye las cabinas de privacidad, los dispositivos de marcado de boletas (BMD) y los escáneres de boletas, además de cualquier área que los votantes usen para moverse entre estos lugares en el sitio de votación.  

Si un observador electoral bloquea el flujo de votantes a las cabinas de votación, un comisionado electoral puede exigir que el observador electoral esté sentado. Si el observador electoral no cumple, puede ser removido. 

Los observadores electorales no pueden intimidar a los votantes, a los electorales, invadir la privacidad de los votantes ni interferir con los derechos de voto de las personas.  

Si ve o escucha alguna conducta como esta, comuníquese con OAG.  

FAQs

Votación por correo

Ciudad de Nueva York: Rastree el estado de su solicitud de boleta electoral

Fuera de la ciudad de Nueva York: Rastree el estado de su solicitud de boletaelectoral

Póngase en contacto con su junta electoral local. Si su junta electoral no puede ayudarlo, comuníquese con la línea directa de la Oficina de la Fiscal General del Estado de Nueva York para obtener ayuda.

También considere votar temprano. Es probable que las filas sean más cortas durante la votación anticipada. Solo tenga en cuenta que tendrá que votar por declaración jurada en persona porque presentó una solicitud de boleta de voto en ausencia o por correo anticipado.

Es posible que haya cometido un error con su boleta de voto en ausencia o por correo anticipado. Es posible que pueda solucionarlo si:

  • Olvidó firmar su sobre de juramento/seguridad.
  • Su firma no coincide con la firma que se encuentra en el archivo.
  • Usted marcó su boleta en lugar de firmarla, debido a una enfermedad, discapacidad física o incapacidad para leer, pero no tenía un testigo.
  • Su boleta fue devuelta por correo, pero no incluía un sobre de afirmación de boleta en el sobre de devolución.
  • El sobre está firmado por otra persona, como alguien que tenga poder notarial o que le haya ayudado.
  • Su boleta fue devuelta por correo sin matasellos dentro de los siete días posteriores a la elección. 

En estos escenarios, su junta electoral local debe proporcionarle una declaración jurada (afirmación de subsanación) para que la complete, firme y devuelva, y un sobre de devolución con franqueo pagado. Debe devolver la afirmación de subsanación (o tenerla matasellada) a más tardar el séptimo día hábil después de que se haya enviado la notificación por correo o antes del séptimo día después de la elección, lo que ocurra más tarde. Puede devolverlo por correo o en persona, o electrónicamente (como archivo adjunto a un correo electrónico, o como documento electrónico cargado si el BOE proporciona esa funcionalidad). Una afirmación de cura enviada electrónicamente es oportuna si se recibe antes de la medianoche de la fecha límite.

Si la afirmación aborda el error, su boleta será contada. Si la afirmación no soluciona el problema y es rechazada, es posible que su junta electoral local le notifique el rechazo y se le notifique de sus otras opciones para votar.

Si no selló el sobre para su boleta, su junta electoral local se lo notificará y le proporcionará una nueva boleta si el tiempo lo permite.

Si le preocupa no haber completado correctamente su boleta de voto en ausencia o por correo anticipado, o que su boleta llegue demasiado tarde, puede ir a su sitio de votación y solicitar una boleta de declaración jurada. Sin embargo, si completó correctamente su boleta de voto en ausencia o por correo anticipado y si llega a tiempo a su junta electoral local, se contará su boleta de voto en ausencia o por correo anticipado en lugar de su boleta de declaración jurada en persona.

Puede usar una boleta de voto en ausencia si:

  • estará ausente de su condado de residencia (para los residentes de la ciudad de Nueva York, ausentes de la ciudad de Nueva York) el día de las elecciones
  • tiene una enfermedad o discapacidad temporal o permanente, incluido el COVID-19
  •  es el cuidador principal de una persona que tiene una enfermedad o discapacidad temporal o permanente
  • es residente o paciente en un hospital de la Administración de Salud de Veteranos
  • están detenidos en la cárcel a la espera de juicio o de una acción de un gran jurado, o están encarcelados por una condena por un delito que no sea un delito grave

No necesita una razón para votar por correo anticipado.

Derecho al voto de las personas encarceladas o encarceladas o que tienen antecedentes penales

Usted es elegible para votar si:

  • Está encarcelado antes del juicio.
  • Está encarcelado por una sentencia de delito menor.
  • Está en libertad condicional o libertad condicional.
  • Fue condenado por un delito grave (en el estado de Nueva York o en otro lugar) y actualmente no está encarcelado. Por ejemplo, fue condenado por un delito grave y sentenciado solo a libertad condicional, no a encarcelamiento. O bien, fue condenado por un delito grave y sentenciado a un período de encarcelamiento, pero dicho encarcelamiento ya terminó. Debe registrarse para votar después de ser liberado de la encarcelación después de una condena por un delito grave, incluso si estaba registrado antes.

Usted no es elegible para votar si:

  • Actualmente está encarcelado (en el estado de Nueva York o en otro lugar) por una sentencia por un delito grave.

Si estaba registrado para votar antes de que comenzara su sentencia por delito grave, debe volver a registrarse para votar después de ser liberado.

Puede votar por correo con una boleta de voto en ausencia o una boleta de voto anticipado por correo. Puede solicitar una boleta a la Junta Electoral de la Ciudad de Nueva York o a la Junta Electoral del Estado de Nueva York. Para obtener más información sobre cómo solicitar una boleta, consulte la sección de voto por correo.

Cuando una persona es liberada de un delito grave de encarcelamiento, la ley del estado de Nueva York requiere que las prisiones y cárceles:

  • Notificar a la persona liberada "verbalmente y por escrito" que su derecho a votar será restaurado después de la liberación.
  • Proporcionar a la persona una solicitud de registro de votante y un formulario para negarse a registrarse
  • Ofrecer la asistencia individual para llenar la solicitud
  • Proporcionar a la persona "información escrita distribuida por la junta electoral sobre la importancia y la mecánica de votar"
  • Proporcionar a la persona la opción de enviar su formulario de registro completo a la junta electoral de su condado directamente o hacer que la prisión o la cárcel lo hagan

Votación presencial

No se requiere mostrar identificación con foto para votar en ningún lugar del estado.

No obstante, dependiendo de cuándo te registraste, o si es la primera vez que votas, los funcionarios electorales pueden requerir algún tipo de identificación. Si este es el caso, puede usar una identificación con foto o una copia de cualquiera de los siguientes documentos:

  • factura de servicios públicos vigente
  • extracto bancario
  • cheque gubernamental 
  • cheque
  • otro documento gubernamental que muestre su nombre y dirección

Si no tiene alguna de estas formas de identificación, puede emitir una boleta de declaración jurada a menos que un tribunal diga lo contrario.

Si alguien solicita indebidamente una identificación cuando intentas votar, comunícate con la Oficina de la Fiscal General del Estado de Nueva York al 1-866-390-2992.

Puede verificar su registro de votante en la Junta Electoral de la Ciudad de Nueva York (para votantes de la Ciudad de Nueva York) o en la Junta Electoral del Estado de Nueva York (para votantes que no están en la Ciudad de Nueva York). Primero, confirme que se encuentra en la ubicación correcta. Consulte el sitio web apropiado para votar temprano o el día de las elecciones, o pídale al inspector del sitio de votación que confirme su ubicación.

Si cree que está en el sitio correcto y es elegible para votar, tiene derecho a solicitar una boleta de declaración jurada. Esta es una boleta provisional que no se escanea ni se cuenta inmediatamente el día de las elecciones; Se reserva hasta que los funcionarios electorales puedan verificar su elegibilidad para votar. Una vez confirmado, se cuenta y se contabiliza con el total de votos.

  • Complete la boleta de declaración jurada y colóquela en el sobre de declaración jurada. El inspector electoral puede darle información sobre cómo rastrear su boleta.
  • Más adelante, si los funcionarios electorales determinan que usted era elegible para votar y estuvo en el sitio correcto, su voto será contado y su registro de votante se actualizará para elecciones posteriores. 
  • Si estuvo en el lugar de votación equivocado pero votó en el condado correcto, se contarán algunas de las contiendas comunes al sitio de votación en el que votó.  Recibirá un aviso a tal efecto, así como un formulario de registro para solucionar problemas en el futuro.

Las boletas de declaración jurada se pueden usar cuando su elegibilidad para votar no está clara porque:

  • Te mudaras dentro del estado después de registrarte.
  • Tienes estatus de elector “inactivo”.
  • Su registro fue transferido incorrectamente a una dirección diferente (aunque no se haya mudado).
  • Sus registros de encuestas de registro faltan el día de las elecciones.
  • Tu identidad no fue verificada previamente.
  • Tus registros de registro no te muestran inscrito en tu fiesta.
  • Se le identifica incorrectamente como que ya votó.
  • Solicitó una boleta de voto en ausencia o por correo anticipado, pero eligió votar en persona.

El primer día de votación anticipada (10 días antes del día de las elecciones), si es elegible pero no está registrado para votar, puede registrarse para votar y emitir una boleta de declaración jurada ese mismo día. Esto debe hacerse en persona en su junta electoral local o en un sitio de votación anticipada.

Si los trabajadores electorales en un sitio de votación se niegan a darle una boleta de declaración jurada, o insisten en llamar primero a su junta electoral para determinar su elegibilidad, esta práctica es ilegal. Comunícate inmediatamente con la Oficina de la Fiscal General del Estado de Nueva York al 1-866-390-2992.

Incluso si un inspector electoral cree que usted no es elegible para votar o que se encuentra en el sitio de votación equivocado, está obligado a permitirle votar mediante una boleta de declaración jurada. Alternativamente, puede solicitar una orden judicial para emitir un voto en persona. El inspector debe proporcionarle un aviso informándole de su derecho a votar mediante una boleta de declaración jurada o solicitar una orden judicial que le permita votar.

Si decide solicitar una orden judicial, los inspectores electorales lo dirigirán a la oficina de su junta electoral local (u otro lugar), donde haya un juez disponible. Si el juez emite una orden judicial, entonces puede regresar a su sitio de votación con la orden y emitir su voto en persona.

Tienes derecho a disputar la impugnación. Un inspector electoral administrará un juramento preliminar sobre sus calificaciones para votar, y luego hará preguntas sobre la impugnación:

  • Si se niega a prestar juramento o responder a las preguntas, no se le permitirá votar.
  • Si el inspector considera que usted está calificado para votar o si se retira la impugnación, se le permitirá completar y emitir su voto.
  • Si el inspector no está satisfecho con sus respuestas, puede optar por hacer un juramento específico para abordar el desafío (por ejemplo, sobre su ciudadanía, residencia o estado de voto; cuestiones de soborno; o cuestiones de competencia), después de lo cual se le puede permitir votar.

If you feel threatened, want assistance, or have questions about the process, contact the Office of the New York State Attorney General at 1-866-390-2992.

Los observadores electorales oficiales son legítimos. Se trata de personas enviadas por candidatos, partidos políticos u otras organizaciones para denunciar irregularidades en la votación al inspector electoral, a un oficial de policía o a la junta electoral.

En una elección general o primaria, un partido, comité político u otra organización puede colocar tres observadores en cada distrito electoral en cualquier momento. Solo uno de estos tres puede estar dentro de la barandilla, que es la parte del sitio de votación que contiene la mesa utilizada por los inspectores electorales y el equipo de la junta electoral (cabinas de privacidad, dispositivo de marcado de boletas y escáneres).

Además de vigilar el funcionamiento del centro de votación, los observadores electorales pueden impugnar si los votantes que se presentan en el centro de votación tienen realmente derecho a votar. Desplácese hacia arriba para obtener más información sobre las impugnaciones al derecho al voto y cómo los trabajadores electorales resuelven esas impugnaciones. Sin embargo, los observadores electorales no pueden decirle por quién votar, participar en discusiones políticas ni interferir con su derecho a votar de ninguna otra manera que no sea hacer un desafío adecuado al derecho al voto de un votante.

Si ve que un observador electoral se comporta de manera inapropiada, comuníquese con la Oficina de la Fiscal General del Estado de Nueva York al 1-866-390-2992.

La intimidación de los votantes, aunque muy poco frecuente en Nueva York, podría incluir las siguientes y otras tácticas:

  • individuos o grupos esperando fuera de los lugares de votación y tratando de asustar a la gente fuera de la línea de votación
  • observadores electorales dentro de un lugar de votación desafiando agresivamente a un gran grupo de votantes, ralentizando las líneas e insinuando falsamente que los votantes están votando ilegalmente
  • observadores electorales cerca de las cabinas de votación, parados en áreas no autorizadas, grabando en video o fotografiando la boleta de otra persona, o siguiendo o acosando a los votantes en el lugar de votación
  • individuos que difunden rumores o hacen declaraciones falsas de que votar conduce a consecuencias negativas
  • Individuos o grupos que exhiban armas, uniformes militares extranjeros o cualquier símbolo o equipo militar fuera de los lugares de votación

La Oficina de la Fiscal General del Estado de Nueva York toma en serio cualquier denuncia de intimidación a los votantes. Si observa alguno de estos comportamientos, comuníquese con la Oficina de la Fiscal General del Estado de Nueva York al 1-866-390-2992.

Cuidado con las llamadas telefónicas, correos o mensajes en periódicos, redes sociales, televisión o radio que te desanimen de usar una boleta de voto ausente, votar temprano o votar en absoluto:

  • "Tu voto no es privado". Esto es falso. La forma en que vota no se compartirá cuando vote.
  • "Las elecciones se utilizan para tomar medidas enérgicas contra las órdenes de arresto o las multas". Esto es mentira. Alguien está tratando de asustarte para evitar que votes.
  • "Ayudarás al otro partido/candidato votando". Desconfíe de cualquier persona que intente disuadirlo de votar.
  • "Su lugar/fecha de votación ha cambiado". Consulte a su junta electoral local y los recursos que han enumerado para verificar cualquier información que reciba, especialmente información sobre dónde o cuándo votar.

La intimidación de los votantes es un delito grave. Si experimenta algún tipo de intimidación o información errónea para los votantes, comuníquese con la Oficina de la Fiscal General del Estado de Nueva York al 1-866-390-2992.

Si se ha mudado dentro del estado de Nueva York y ha vivido dentro del condado, ciudad o pueblo donde va a votar durante al menos 30 días antes del día de las elecciones, es elegible para votar en persona. Si aún no ha actualizado su dirección en su registro de votante, aún es elegible para votar por declaración jurada en el sitio de votación asignado a su nueva dirección. Complete el sobre de la boleta por completo y su registro de votante se actualizará automáticamente a su nueva dirección. (Solo para los cargos de presidente y vicepresidente de EE. UU., es posible que pueda votar en persona incluso si se mudó dentro de los 30 días posteriores a la elección solicitando una boleta presidencial especial. Póngase en contacto con su junta electoral local para obtener más información).

Si se ha mudado a o dentro de la ciudad de Nueva York, consulte el sitio web de la Junta Electoral de la Ciudad de Nueva York para conocer su sitio de votación.

Si su nueva dirección está fuera de la ciudad de Nueva York, puede encontrar su nuevo sitio de votación en línea, comunicándose con su junta electoral local o llamando a la Oficina de la Fiscal General del Estado de Nueva York al 1-866-390-2992.

Si se ha mudado a Nueva York desde otro estado, deberá volver a registrarse para votar. Puede registrarse para votar hasta 10 días antes del día de las elecciones. Puede enviar la inscripción por correo, o puede registrarse en persona en la oficina de la junta electoral local. Como otra opción, el primer día de votación anticipada (10 días antes del día de las elecciones), puede completar un registro de votante condicional y emitir una declaración jurada en persona en la junta electoral o en un sitio de votación anticipada, incluso si no estaba registrado previamente en Nueva York.

Los cambios de ubicación en los sitios de encuestas suelen ser necesarios. Su junta electoral local está haciendo malabares con los cambios en las necesidades y disponibilidad del sitio de votación. En cada ciclo electoral, hay un nuevo conjunto de carreras, y el número de personas que pueden votar en cada carrera puede cambiar. Y algunos sitios de votación, como las escuelas, pueden quedar indisponibles.

Pero no debería recibir ninguna sorpresa sobre el cambio de su sitio de votación. Si ya recibió una notificación con su sitio de votación asignado, debe recibir cualquier cambio de último minuto en el sitio de votación por correo al menos cinco días antes de la próxima elección o fecha límite de registro. Para los sitios de votación anticipada, debe recibir una notificación al menos cinco días antes de que comience el período de votación anticipada. Si su junta electoral no puede darle este aviso, debe colocar letreros en su lugar de votación anterior que lo dirijan al lugar correcto o notificarle de alguna otra manera.

Si cree que su lugar de votación ha sido trasladado sin previo aviso, llame a su junta electoral local o comuníquese con la Oficina de la Fiscal General del Estado de Nueva York para obtener ayuda, incluso llamando a nuestra línea directa al 1-866-390-2992.

Si tiene un período de cuatro horas en el que no está trabajando y las urnas están abiertas (por ejemplo, si su turno termina a las 5 p.m. y las urnas están abiertas hasta las 9 p.m.), entonces su empleador no está obligado a proporcionarle tiempo libre pagado para votar.

Si no tiene un período de cuatro horas, puede reclamar hasta dos horas de tiempo libre remunerado. Debe notificar a su empleador al menos dos días hábiles, pero no más de 10 días hábiles, antes del día en que desea votar. Si usted dio aviso pero su empleador aún se niega a darle tiempo libre pagado, comuníquese con la Oficina de la Fiscal General del Estado de Nueva York al 1-866-390-2992.

Consideraciones de COVID-19

Puede enviar a un amigo o familiar a su junta electoral local para solicitar una boleta de voto en ausencia o por correo anticipado en su nombre hasta el día antes del día de las elecciones. Si esa fecha límite ha pasado, es posible que pueda solicitar la votación en la acera en su lugar de votación, ya que el riesgo de transmisión de COVID-19 se reduce en gran medida en entornos al aire libre.  Consulte con su junta electoral local para ver si se adaptarán a su situación.