Facturación médica sorpresa
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Conoce tus derechos contra facturas médicas sorpresa: la Ley No Sorpresas
""Las facturas médicas sorpresa son facturas que contienen tarifas más altas que los planes de seguro médico pueden cobrar cuando los servicios son entregados por proveedores fuera de la red en lugar de proveedores dentro de la red que han acordado los precios negociados por la aseguradora.
Nueva York siempre ha sido líder en proteger a los consumidores de facturas médicas sorpresa. Esta protección comenzó con la aprobación pionera de la primera ley de factura médica sorpresa de la nación, como parte de la Ley de Servicios Financieros de Nueva York.
Ahora, los neoyorquinos tienen aún más salvaguardas de facturas médicas sorpresa bajo la Ley federal No Sorpresas, que entró en vigor el 1 de enero de 2022.
Bajo la nueva ley, los proveedores de atención médica y ciertas instalaciones no pueden facturar a los pacientes más que su copago, coseguro o deducible dentro de la red por ciertas facturas sorpresa, es decir, cuando los pacientes reciben inesperadamente atención de hospitales fuera de la red, médicos u otros proveedores que no eligieron, bajo ciertas circunstancias. También se requiere que los planes de salud cubran este tipo de reclamos fuera de la red y apliquen solo el mismo costo compartido dentro de la red.
Si los consumidores reciben una factura por estos servicios, tienen derecho a impugnar estos cargos.
Los proveedores e instalaciones de atención médica deben informar a los consumidores de sus derechos en virtud de la nueva ley mediante la publicación de un aviso de divulgación de una página en las instalaciones y en su sitio web público. Los proveedores también deben dar este aviso al consumidor al momento de solicitar el pago, ya sea del consumidor o de su plan de salud. También se requiere que los planes de salud proporcionen a los consumidores el aviso de divulgación con cada explicación de beneficios (EOB) que incluya una reclamación por facturas médicas sorpresa.
Preguntas frecuentes
Una factura médica sorpresa suele ser una factura por servicios médicos fuera de la red que no te diste cuenta que estaban fuera de tu red.
Muchos planes de salud cubren a sus miembros para la atención médica tanto dentro de la red como fuera de la red, pero a diferentes costos. Por lo general, puede ahorrar dinero visitando centros y proveedores de atención médica que se encuentran en su red de planes de salud.
Pero, incluso cuando tenga cuidado de tratar de mantenerse dentro de la red de su plan, a veces puede recibir atención sin saberlo de un proveedor de atención médica fuera de la red. Por ejemplo, durante una estadía en un hospital dentro de la red, puede recibir atención de un proveedor no participante, como un anestesiólogo. En el pasado, el proveedor fuera de la red podría facturarle la diferencia entre el cargo facturado y el monto pagado por su plan de salud. Ahora, ya no se le cobrarán estos montos más altos por ciertas facturas sorpresa
La nueva ley se aplica a los siguientes tipos de proyectos sorpresa:
- Servicios de emergencia brindados en salas de emergencia y departamentos de emergencia independientes: La atención de emergencia incluye el tratamiento buscado por pacientes que creen que están experimentando una emergencia médica o trabajo de parto activo.
- Servicios que no son de emergencia proporcionados en instalaciones dentro de la red: Si recibe atención de un proveedor de atención médica fuera de la red en un hospital dentro de la red, departamento ambulatorio del hospital o centro de cirugía ambulatoria, estos servicios están cubiertos por la nueva ley.
- Servicios de ambulancia aérea (pero no servicios de ambulancia terrestre, aunque la ley de Nueva York sí brinda ciertas protecciones contra las facturas de ambulancia terrestre): Estos están cubiertos por la Ley No Sorpresas.
Las instalaciones y los proveedores de atención médica no pueden facturarle más que el copago, coseguro o deducible dentro de la red.
Tiene derechos de apelación. Puedes apelar la determinación a tu plan de salud. Si tu plan confirma su decisión, puedes apelar a un revisor externo independiente. En primer lugar, revise el aviso que se requiere que le den los proveedores y planes, el cual deberá resumir los tipos de servicios que están cubiertos por la ley.
En ciertas circunstancias que no son de emergencia, sí. Pero nunca se le exige que renuncie a sus protecciones, y no se le exige que obtenga atención fuera de la red. Siempre puedes elegir un proveedor o instalación en la red de tu plan.
Nunca se le puede pedir que renuncie a su protección de facturas sorpresa para tratamiento de emergencia.
Es posible que se le solicite su consentimiento por escrito para recibir tratamiento de un proveedor de atención médica fuera de la red. La solicitud debe ser por escrito, en un formulario que le notifique que, si está de acuerdo, puede recibir una factura por los cargos completos o tener que pagar montos de costos compartidos fuera de la red. Si elige no dar su consentimiento, el proveedor fuera de la red no está obligado a tratarlo, pero puede optar por recibir atención de un proveedor dentro de la red.
Sin embargo, si tiene un plan de salud totalmente asegurado, se le puede pedir su consentimiento para recibir atención fuera de la red solo si el centro o proveedor le informó de la disponibilidad de un proveedor de atención médica participante al menos 72 horas antes del servicio. No se le puede pedir su consentimiento más cerca de la fecha y hora del procedimiento.
Si tiene un plan autofinanciado, generalmente un plan patrocinado por el empleado, entonces el proveedor o centro puede pedirle su consentimiento con un preaviso más corto de 72 horas bajo ciertas circunstancias. Si agendas un servicio con menos de 72 horas de anticipación, el proveedor o instalación no podrá solicitarle su consentimiento más tarde del día en que se haga la cita. Para los servicios programados el mismo día, se le puede solicitar hasta tres horas de anticipación al servicio para dar su consentimiento.
Si se niega a dar su consentimiento, se le dará un proveedor dentro de la red, a costos dentro de la red. No se le facturará por servicios fuera de la red y no hay penalización (excepto que es posible que no obtenga el médico fuera de la red que desea).
Sí. Tiene derecho a solicitar una estimación de buena fe de los cargos esperados por servicios que no sean de emergencia, y recibir el estimado a más tardar tres días hábiles después de la solicitud. Además, los proveedores de atención médica deben darte un presupuesto, aunque no lo solicites:
dentro de un día hábil después de una cita programada con al menos tres días hábiles de anticipación
dentro de los tres días hábiles siguientes a una cita programada con más de 10 días hábiles de anticipación.
Si el monto cobrado supera los 400 dólares sobre el estimado, puede disputar la factura si presenta su disputa dentro de los 120 días siguientes a la fecha en su factura.
No. Pero, si tiene cobertura a través de Medicare, Medicaid o TRICARE, o recibe atención a través de los Servicios de Salud de la India o la Administración de Salud para Veteranos, ya está protegido contra facturas médicas sorpresa.
Sí. Obtienes el beneficio de todas las protecciones al consumidor bajo ambos conjuntos de leyes. La ley federal es sólo el nivel más básico (piso) de las protecciones disponibles para ti.
Si cree que un proveedor de atención médica le ha cobrado indebidamente una factura sorpresa, o que un plan de salud ha evaluado incorrectamente los costos compartidos de una factura sorpresa, puede presentar una queja sobre una factura médica sorpresa ante la Oficina de Atención Médica en línea, o llamar a la línea de ayuda de atención médica de la Procuradora General al 1-800-428-9071.