Víctimas de violencia doméstica
Conozca sus derechos
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Trato justo en el lugar de trabajo
Según la Ley de Derechos Humanos del Estado de Nueva York, es ilegal discriminar a alguien porque esa persona es víctima de violencia doméstica.
- Es ilegal discriminar a una víctima de violencia doméstica en la contratación o el despido, las condiciones de empleo, el avance laboral, las solicitudes de uso de tiempo de licencia o en represalia por presentar una queja de discriminación.
- Según la Ley Laboral de Nueva York, una víctima de violencia doméstica puede ser elegible para recibir beneficios del seguro de desempleo si la víctima puede proporcionar documentación del abuso y cree razonablemente que el empleo continuo pondría en peligro la seguridad.
- Las víctimas de violencia doméstica que necesitan tiempo libre para recibir atención médica o de salud mental están protegidas por las disposiciones de discapacidad y adaptaciones razonables de la Ley de Derechos Humanos de Nueva York y la Ley de Licencia Médica Familiar si la licencia se debe a su propia condición de salud grave o a la condición de salud grave de un miembro de la familia calificado que resultó de la violencia doméstica.
Las leyes de la ciudad de Nueva York y Westchester también brindan protección a las víctimas de violencia doméstica.
La Ley de Derechos Humanos de la Ciudad de Nueva York y la Ley de Derechos Humanos de Westchester prohíben a los empleadores despedir o discriminar a una persona porque el individuo es o se percibe como víctima de violencia doméstica, delitos sexuales o acecho. Estas leyes también requieren que los empleadores hagan ajustes razonables a víctimas reales o percibidas de violencia doméstica, delitos sexuales o acecho, siempre y cuando tales ajustes no causen dificultades indebidas para el empleador.
Su derecho a una vivienda justa
Es ilegal que los propietarios se nieguen a rentar a las víctimas de violencia doméstica o que rechacen sus vales de vivienda subsidiados por el gobierno federal.
La ley de Nueva York protege a las víctimas de violencia doméstica de la discriminación cuando intentan alquilar o arrendar una vivienda. También proporciona a las víctimas una defensa en los procedimientos de desalojo y un derecho privado de acción.
La Ley de Violencia contra la Mujer protege a las víctimas de violencia doméstica, violencia en el noviazgo, agresión sexual o acoso que viven en viviendas subsidiadas por el gobierno federal. Según esta ley, es ilegal que un propietario que participa en programas de vivienda subsidiados por el gobierno federal, como la vivienda de la Sección 8, niegue o cancele la asistencia de vales en función de la condición de víctima.
El programa Vivir en comunidades de la ciudad de Nueva York brinda asistencia de alquiler para víctimas de violencia doméstica.
El programa Living In Communities de la Ciudad de Nueva York proporciona vales de vivienda para víctimas de violencia doméstica elegibles. Los propietarios en la ciudad de Nueva York tienen prohibido discriminar a los inquilinos porque reciben vales de vivienda de Living In Communities o cualquier otra asistencia gubernamental legal para el alquiler.
Los condados de Buffalo, Hamburg, West Seneca, Westchester, Nassau y Suffolk también prohíben la discriminación gubernamental en la asistencia para el alquiler.
Hay leyes para proteger a quienes salen de su casa para escapar de la violencia.
- La ley del estado de Nueva York permite a los inquilinos que tienen órdenes de protección existentes hacer que el tribunal rescinda sus contratos de arrendamiento, a pesar de la negativa de su propietario.
- La ley de la ciudad de Nueva York protege temporalmente a una víctima que huye de una residencia primaria debido a la violencia. Si el inquilino expresa intención de regresar a la vivienda, el arrendador deberá avisar al inquilino con 30 días de anticipación antes de intentar retomar el local.
Otras protecciones
Según la ley de Nueva York, puede obtener órdenes de protección temporales electrónicamente y hacer que se traduzcan.
Un programa piloto de 2015 en varios tribunales de familia permite a las víctimas de violencia doméstica solicitar órdenes temporales de protección a través de medios electrónicos en lugar de tener que comparecer en persona. Las órdenes de protección también pueden ser traducidas al idioma de la víctima cuando sea necesario.
El condado de Westchester ofrece protecciones adicionales para las víctimas de violencia doméstica.
- Se prohíbe a los lugares de alojamiento público discriminar a las víctimas de violencia intrafamiliar.
- Se prohíbe a los propietarios negar vivienda y rechazar arrendamientos o renovaciones de arrendamiento a víctimas bajo ciertas circunstancias. Se podrá pedir a las víctimas que soliciten protección que presenten documentación de su abuso, que los propietarios deben mantener estrictamente confidenciales.
Nota: Estas disposiciones no se aplican a viviendas unifamiliares o edificios ocupados por el propietario con cuatro o menos unidades.
Presentación de una queja
En el caso de una situación que ponga en peligro la vida, recuerde siempre llamar primero al 911.
- División de Derechos Humanos del Estado de Nueva York
- Oficina de la Fiscal General del Estado de Nueva York
Office of the New York State Attorney General, Civil Rights Bureau
28 Liberty Street, Nueva York NY 10005
212-416-8250
1-800-788-9898 (TTY)
Información sobre los derechos de las víctimas
División de Derechos Humanos del Estado de Nueva York
One Fordham Plaza, 4º piso, Bronx NY 10458
1-888-392-3644
718-741-8300 (TTY)
dhr.ny.gov
Oficina del Estado de Nueva York para la Prevención de la Violencia Doméstica
26 Federal Plaza, Sala 3541, Nueva York NY 10278
518-457-5800
212-264-0927 (TTY)
opdv.ny.gov
opdvdvworkplace@opdv.ny.gov
Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de Estados Unidos Centro de Aplicación de la Vivienda Justas
26 Federal Plaza, Sala 3532, Nueva York NY 10278
1-800-496-4294
212-264-0927 (TTY)
Para obtener una lista completa de recursos en todo el estado, visite: ocfs.ny.gov/programs/violencia-domestic/providers.php