Hostigamiento a inquilinos

Protecciones para inquilinos en el estado de Nueva York

Vista interior de un departamento cocina con mesa de madera a la vista y grandes ventanales

Protecciones para los inquilinos que enfrentan represalias en el estado de Nueva York

Es ilegal que los propietarios en Nueva York tomen represalias contra los inquilinos que presentan una queja de buena fe ante ellos o ante una agencia gubernamental. Estas quejas pueden incluir violaciones de las leyes de salud y seguridad, problemas con la habitabilidad o la falta de reparación de las instalaciones, o violaciones de los derechos en virtud de un contrato de arrendamiento. Todos los inquilinos* están protegidos por ley de este tipo de represalias. Se presume que un arrendador está tomando represalias si:

  • Dentro de un año de haber presentado una queja de buena fe, el propietario presenta un caso de desalojo en su contra. Si le informa a la corte que presentó dicha queja dentro de un año del procedimiento de desalojo, la ley requiere que su arrendador demuestre que el desalojo no es una represalia. El procedimiento de desalojo se terminará si su arrendador no puede probar que el desalojo no fue en represalia.
  • Dentro de un año de su queja, su arrendador altera sustancialmente los términos de su contrato de alquiler. Esto incluye: negarse a seguir alquilándole, no renovar un contrato de arrendamiento después de que su contrato de arrendamiento haya expirado u ofrecer un nuevo contrato de arrendamiento con un aumento de alquiler irrazonable.

* Incluye a todos los inquilinos excepto los que viven en viviendas ocupadas por sus dueños con menos de cuatro unidades.


Los propietarios que se encuentren que tomaron represalias ilegalmente contra los inquilinos están sujetos a multas y tarifas.


Protecciones para inquilinos de renta estabilizada y renta controlada

Los propietarios tienen prohibido acosar a los inquilinos que viven en apartamentos de alquiler controlado o de alquiler estabilizado. Según las leyes de regulación de alquileres de Nueva York, el acoso se define como una conducta por parte de un propietario que interfiere directa o indirectamente con su privacidad, comodidad y disfrute de su vivienda.

  • Si vive en un apartamento de renta estabilizada o de renta controlada, puede presentar una queja ante el Departamento de Vivienda y Renovación Comunitaria del Estado de Nueva York (HCR, por sus siglas en inglés) al 1-866-ASK-DHCR (1-866-275-3427) o visitando hcr.ny.gov.
  • Un apartamento tiene un alquiler controlado si ha sido ocupado continuamente por un inquilino desde el 1 de julio de 1971 y el edificio fue construido antes del 1 de febrero de 1947
  • En la mayoría de los casos, un apartamento tiene un alquiler estabilizado si se encuentra en un edificio construido antes del 1 de enero de 1974 y el edificio tiene seis o más unidades.

Recursos

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