Barreras para el reingreso

Sus derechos después de la rehabilitación

Estimados neoyorquinos:

En todo nuestro estado, las personas con antecedentes penales enfrentan barreras para volver a ingresar a sus comunidades y convertirse en miembros productivos de la sociedad.

Después de salir de prisión, la rehabilitación adecuada a menudo depende del acceso a recursos importantes, como el empleo, la educación y la vivienda.

Afortunadamente, las leyes del estado de Nueva York existen para proteger los derechos de los neoyorquinos con antecedentes penales a obtener un empleo remunerado, obtener una educación y obtener una vivienda. Este folleto explica algunas de esas leyes e incluye información sobre qué hacer si cree que un empleador, municipio, agencia de licencias o compañía de verificación de antecedentes se interpone en el camino.

El estado de Nueva York está comprometido a brindar oportunidades a todos los que buscan un futuro mejor. Si tiene alguna pregunta o inquietud, no dude en ponerse en contacto con mi oficina.

Atentamente,
Firma Fiscal General de Nueva York
Foto de la Fiscal General Letitia James

Leyes estatales: cómo se le protege

La Ley de Derechos Humanos del Estado de Nueva York y la Ley Correccional de Nueva York prohíben que los empleadores, los municipios, las agencias de licencias y las empresas de verificación de antecedentes discriminen a los solicitantes y empleados sobre la base de antecedentes penales.

En virtud de la Ley de Derechos Humanos 296(16) del Estado de Nueva York, los empleadores y las agencias de licencias no pueden preguntar ni tomar decisiones sobre los solicitantes sobre la base de:

  • Una adjudicación de delincuentes juveniles.
  • Un registro sellado.
  • Una ofensa indultada.
  • Un arresto que no resulta en condena.
  • Aplazamiento en contemplación de destitución.