Barreras para el reingreso
Sus derechos después de la rehabilitación
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Leyes estatales: cómo se le protege
La Ley de Derechos Humanos del Estado de Nueva York y la Ley Correccional de Nueva York prohíben que los empleadores, los municipios, las agencias de licencias y las empresas de verificación de antecedentes discriminen a los solicitantes y empleados sobre la base de antecedentes penales.
En virtud de la Ley de Derechos Humanos 296(16) del Estado de Nueva York, los empleadores y las agencias de licencias no pueden preguntar ni tomar decisiones sobre los solicitantes sobre la base de:
- Una adjudicación de delincuentes juveniles.
- Un registro sellado.
- Una ofensa indultada.
- Un arresto que no resulta en condena.
- Aplazamiento en contemplación de destitución.
Según la Ley de Corrección del Estado de Nueva York 23-A, los empleadores deben analizar individualmente el historial criminal de cada solicitante para determinar si sus condenas son relevantes para el puesto deseado.
- Los empleadores solo pueden negar el empleo a una persona basar en antecedentes penales si su condena está directamente relacionada con las funciones del puesto o si el empleador determina que contratar a la persona supondría un riesgo irrazonable para personas o propiedades.
- Antes de rechazar a cualquier candidato por su historial penal, los empleadores deben considerar varios factores como la naturaleza del delito, el tiempo transcurrido desde el delito, la edad del solicitante en el momento del delito y las pruebas de rehabilitación al analizar el historial penal de cada candidato.
Nota: La ley estatal puede prohibir que quienes tengan antecedentes penales obtengan ciertas licencias y empleos; Los empleadores en estos sectores están exentos de estas regulaciones.
Acciones Prohibidas
Aquí tienes algunos ejemplos típicos de acciones prohibidas por estas leyes:
- Descalificar automáticamente a cualquier candidato, o despedir o negar automáticamente a ascender a un empleado por su historial penal;
- Preguntar a los solicitantes sobre arrestos si no conducían a una condena;
- Preguntar a los solicitantes sobre decisiones de delincuentes juveniles, indultos o registros sellados; Negar a considerar información relevante para evaluar el historial de un solicitante, incluyendo la edad en el momento del delito y pruebas de rehabilitación.
Eliminación de los controles de carretera
Certificados de Rehabilitación Los Certificados de Rehabilitación (COR) proporcionan a los solicitantes de empleo pruebas de su rehabilitación y pueden eliminar las barras automáticas para algunas licencias. El Estado de Nueva York ofrece dos tipos de certificados de rehabilitación:
- Los Certificados de Alivio por Discapacidades (CRD) están disponibles para personas con cualquier número de condenas por delitos menores pero no más de una condena por delito grave. Se necesitan CRD separados para cada condena. La CRD temporal puede conceder mientras una persona está en libertad condicional o en libertad condicional, y al completar la condena se vuelve permanente salvo que se revoque. El tribunal de sentencia y el Departamento de Correcciones y Supervisión Comunitaria tienen la autoridad para conceder CRDs.
- Los Certificados de Buena Conducta (CGC) están disponibles para personas con dos o más condenas por delitos graves y cualquier número de condenas por delitos menores. La disponibilidad de un CGC varía según la gravedad del delito. Una CGC cubrirá todo el historial criminal de una persona. El Departamento de Correcciones y Supervisión Comunitaria tiene la autoridad para conceder CGCs.
Obtención de tu verificación de antecedentes
También tienes derechos respecto a cualquier verificación de antecedentes penales que un empleador obtenga sobre ti. Estos derechos están bajo la jurisdicción de N.Y. Derecho Mercantil General § 380, la Ley de Reportes Justos de Crédito del Estado de Nueva York (FCRA). Bajo la FCRA:
- Debes autorizar cualquier verificación de antecedentes penales que te haga un empleador.
- Tienes derecho a ver la verificación de antecedentes que recibió el empleador y a impugnar cualquier información inexacta o a la que tu empleador no tenga derecho.
- El empleador es en última instancia responsable de determinar si tu condena te inhabilita para el empleo. La compañía de verificación de antecedentes no puede tomar esa decisión. Si recibe una verificación de antecedentes marcada con iconos de bandera roja, o cualquier anotación que indique que no será contratado, por favor contacte con la Fiscalía General o con la División de Derechos Humanos.
Recursos
Oficina de la Fiscal General del Estado de Nueva York
28 Liberty Street
Nueva York, NY 10005
Línea de ayuda: 1-212-416-8250
Sordos o con pérdida auditiva: 1-800-788-9898
División de Derechos Humanos del Estado de Nueva York
One Fordham Plaza, 4ª planta
Bronx, NY 10458
888-392-3644
Visita la División de Derechos Humanos
Unidad de Revisión de Certificados, División de Libertad Condicional del Estado de Nueva York
97 Central Avenue Albany,
Nueva York 12206
518-485-8953
Visita la Unidad de Revisión de Certificados